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Sus derechos durante una parada de tránsito en Texas y en un caso Clase C

Saber qué le exige la ley de Texas —y qué no— ayuda a que una parada de tránsito sea tranquila y rápida. Esta guía cubre la parada y sus derechos después, en la corte.

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¿Qué tengo que mostrarle al oficial en una parada de tránsito en Texas?

Cuando lo detengan, oríllese en un lugar seguro, prenda la luz interior si es de noche y mantenga las manos a la vista. La Sección 521.025 del Código de Transporte de Texas exige que el conductor traiga la licencia de la clase correcta y la muestre cuando un oficial se la pida. La Sección 601.053 exige mostrar prueba de responsabilidad financiera, normalmente la tarjeta del seguro, que puede enseñarse en el celular si su aseguradora la ofrece así.

Avise al oficial antes de buscar documentos, sobre todo si están en la guantera o en una bolsa. Si no encuentra la prueba de seguro, dígalo. Una multa por no tener seguro debe indicar que el oficial no pudo verificar la cobertura electrónicamente, y presentar en la corte una póliza vigente en la fecha de la parada es una defensa que la corte debe reconocer.

  • Licencia de manejo para el tipo de vehículo que maneja.
  • Prueba de seguro de responsabilidad civil (en papel o electrónica).
  • Esté listo para identificarse como se explica en la siguiente sección.
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¿Tengo que dar mi nombre? Cómo funciona el Código Penal §38.02

La ley de Texas sobre no identificarse tiene tres partes. Primero, una persona arrestada legalmente comete un delito si se niega a dar su nombre, domicilio o fecha de nacimiento cuando se lo piden. Segundo, dar un nombre, domicilio o fecha de nacimiento falsos a un oficial que lo arrestó o lo detuvo legalmente —o que cree con buena razón que usted fue testigo de un delito— es un delito aparte y más grave.

Tercero, desde el 1 de septiembre de 2023, el conductor detenido legalmente por una supuesta infracción comete un delito Clase C si no muestra su licencia cuando se la piden y además se niega a dar nombre, número de licencia, domicilio y fecha de nacimiento. Dar su domicilio real actual, aunque sea distinto al de la licencia, no cuenta como negarse. La situación de los pasajeros que no están arrestados es diferente, pero nunca deben dar datos falsos.

Vista desde la calle del edificio Law Offices en 718 Myrtle Avenue en El Paso con su toldo de teja roja y entrada
Traffic Tickets 915 atiende a clientes en el edificio Law Offices en 718 Myrtle Ave., El Paso, Texas 79901.
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¿Puedo quedarme callado y negarme a un registro?

Fuera de identificarse y mostrar sus documentos, por lo general no tiene que contestar preguntas como a dónde va, a qué velocidad iba o si sabe por qué lo pararon. Puede decir con respeto: “Prefiero no contestar preguntas”. Lo que diga por su cuenta puede usarse como prueba después, incluso si admite que iba rápido.

Si el oficial pide revisar su carro, puede decir: “No doy permiso para un registro”. En algunas situaciones el oficial puede registrar de todos modos —por ejemplo, si cree tener causa probable—, así que no se resista físicamente ni discuta en la carretera. Una negativa dicha con calma deja el asunto para que un abogado y un juez lo revisen después. Siga las órdenes legales, como bajarse del vehículo.

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¿Puedo grabar a la policía durante una parada en Texas?

Las cortes federales que cubren Texas han reconocido el derecho, bajo la Primera Enmienda, de grabar a oficiales que trabajan en público, con límites razonables. En el caso Turner v. Driver (2017), el Quinto Circuito decidió que la Primera Enmienda protege grabar a la policía en público, con límites razonables de tiempo, lugar y forma. Grabar desde su propio carro o desde donde usted esté legalmente es, en general, algo protegido.

Los límites importan. No interfiera con el oficial, no busque el teléfono de golpe y obedezca órdenes legales de mantener las manos a la vista o hacerse para atrás. Si trae el celular en la mano, avise que está grabando. Muchas agencias de Texas usan cámaras corporales y de patrulla, y ese video puede servir como prueba si usted disputa la multa.

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¿Firmar la multa es admitir que soy culpable?

No. Según la Sección 543.005 del Código de Transporte, firmar la citación es una promesa por escrito de presentarse en la corte, y es lo que permite que el oficial lo deje ir en ese momento. La firma puede ser en papel o en un aparato electrónico, y a usted le dan una copia. Negarse a firmar no anula la multa; puede terminar en que lo lleven ante un magistrado.

La fecha de comparecencia debe ser por lo menos 10 días después de la parada, salvo que usted pida una audiencia antes. Guarde su copia, porque ahí vienen la corte y la fecha que debe cumplir. No cumplir a propósito una promesa escrita de comparecer es un delito aparte, sin importar cómo termine la multa original.

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Sus derechos en la corte en un caso de tránsito Clase C

Un delito menor Clase C se castiga solo con multa, pero usted conserva derechos importantes. La Corte Municipal de El Paso menciona el derecho a revisar la denuncia, a un juicio con jurado, a escuchar y contrainterrogar a los testigos del Estado, a declarar o guardar silencio sin que eso se use en su contra, y a citar a sus propios testigos. El Estado tiene que probar el cargo más allá de toda duda razonable.

Tiene derecho a comparecer por medio de un abogado. Como un caso Clase C no puede castigarse con cárcel, la ley de Texas por lo general no asigna un abogado de oficio como en los delitos con pena de cárcel, a menos que la corte decida que la justicia lo requiere. Siempre puede contratar a su propio abogado, y su comparecencia puede cumplir su promesa escrita de comparecer.

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Cómo presentar una queja sobre una parada de tránsito

La carretera no es el lugar para pelear una multa. Acepte la multa, apunte el nombre y número de placa del oficial, la agencia, la hora y el lugar, y escriba lo que pasó mientras lo recuerda bien. Guarde cualquier video y los nombres de testigos. Esos detalles sirven en la corte y en cualquier queja.

El Artículo 2B.0053 del Código de Procedimiento Penal de Texas obliga a las agencias que hacen paradas de tránsito a tener un proceso de quejas por perfil racial y a informar cómo presentar una felicitación o queja, incluyendo datos de contacto relacionados con cada multa o advertencia. La queja es aparte de su caso en la corte, así que responda a la multa a tiempo. Traffic Tickets 915 puede revisar la citación; llame o mande mensaje al 915-542-0388. Esta guía es información general, no asesoría legal.

Esta guía es información general sobre la ley de Texas, no asesoría legal para su caso. Las fechas y procedimientos cambian; confirme con el tribunal de su multa o hable con un abogado.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Tengo que mostrar mi licencia a la policía en Texas?+

Sí, si usted va manejando. La Sección 521.025 del Código de Transporte exige traer y mostrar la licencia cuando un oficial la pida, y la Sección 601.053 exige prueba de seguro. Si no lo hace, le pueden dar una multa, así que tenga ambos documentos a la mano.

¿Puedo negarme a que revisen mi carro en Texas?+

Puede decir con calma que no da permiso. En algunos casos el oficial puede registrar de todos modos, por ejemplo si cree tener causa probable, así que no se resista. Su negativa puede ser revisada después por un abogado y por la corte si usan pruebas en su contra.

¿Me dan abogado de oficio por una multa de tránsito en Texas?+

Por lo general no. Texas garantiza abogado de oficio a personas sin recursos en casos que pueden terminar en cárcel, y los casos Clase C solo llevan multa. La corte puede nombrar uno si la justicia lo requiere. Usted puede contratar a su propio abogado para que comparezca por usted.

¿Es legal grabar a un policía durante una parada?+

En general, sí. El Quinto Circuito, que cubre Texas, ha reconocido el derecho de grabar a la policía en público bajo la Primera Enmienda, con límites razonables. No interfiera, mantenga las manos a la vista y obedezca las órdenes legales mientras graba.

Fuentes oficiales

Fuentes oficiales

Las leyes y reglas cambian. Estas páginas oficiales se revisaron al escribir esta guía.

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